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Ley de Promoción de Igualdad Social de la mujer.

Art. 17. 1990
Están prohibidos en cualquier institución educativa nacional todos los contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles en la sociedad a hombres y mujeres contrarios a la igualdad social y a la complementariedad de los géneros, o que mantengan una condición subalterna para la mujer. (…) Los libros de texto, los programas educativos y los métodos de enseñanza deberán contener los valores expuestos en la presente ley, y contribuir a la eliminación de prácticas discriminatorias en razón del género, así como promover el estudio de la participación de la mujer a través de la historia.


Asamblea Legislativa. Acuerdo art. 19.

Sesión Ordinaria del Directorio Legislativo Nº 76-2007. 2007
“La Asamblea Legislativa adoptaría una política de equidad de género que de manera transversal, prioritaria y sustantiva, incorpore la perspectiva de género en todo el quehacer legislativo. El objetivo es garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación por género en las decisiones internas y proyectos de ley que se aprueben, así como en el quehacer interno de la Institución y en el buen funcionamiento de esta.”


Política de Igualdad y Equidad de género

Objetivo de la política.2013
“Busca evidenciar, reconocer y diferenciar las características sociales (género) de las características biológicas (sexo), profundizar en las relaciones entre mujeres y hombres (relaciones de género), así como en las diferencias y disparidades en el acceso y control sobre recursos, decisiones, oportunidades, retribuciones, expectativas; por lo tanto, busca reconocer las relaciones de poder e inequidades en las que se traducen estas diferencias. A partir de ese análisis se deben implementar acciones de cambio y mejora para evitar que las diferencias se conviertan en discriminación.”


Grupo Parlamentario de Mujeres Diputadas. Costa Rica

Objetivos del grupo. 2015
1. Formular y promover una agenda legislativa sin distinción de partido político, orientada al impulso y fortalecimiento de iniciativas en pro de la defensa de los derechos humanos de las mujeres, la igualdad de género y la fiscalización del cumplimiento de las políticas públicas promulgadas con ese objetivo.
2. Realizar control político del cumplimiento de la normativa nacional e internacional de protección a los derechos humanos de la mujer y la igualdad de género.


Tipo de normativa
Legislación nacional

CIEM

Somos un centro de investigación interdisciplinario feminista que coordina, realiza y apoya actividades en la Universidad de Costa Rica, bajo una perspectiva integradora de la docencia, la investigación y la acción social.